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Senado de la República aprueba nuevo día de descanso obligatorio ¿Cuándo es?

El Senado de la República aprueba un nuevo día de descanso obligatorio para todos los trabajadores y estudiantes de México, aquí te quitamos la duda de ¿Cuándo es?, para que planees tus vacaciones.

Este es el nuevo día de descanso obligatorio en México.
Senado de la República aprueba nuevo día de descanso obligatorio ¿Cuándo es?.Este es el nuevo día de descanso obligatorio en México.Créditos: Foto: Pexels/ Pixabay
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La tarde de este miércoles 18 de septiembre del 2024 será recordado por todos los trabajadores y estudiantes de México, pues el Senado de la República aprueba un nuevo día de descanso obligatorio, aquí te damos la respuesta a la pregunta que miles se están haciendo, ¿Cuándo es?, para que vayas planeando tus vacaciones.

Fue mediante una publicación en sus cuentas oficiales de redes sociales que esta dependencia de gobierno dio a conocer la acción con la que procede a dar paso a la Cámara de Diputados para hacer las modificaciones pertinentes a la Ley Federal del Trabajo y dejar así como un derecho esta "celebración".

En el comunicado, se menciona que el Senado de la república aprueba al 1 de octubre de cada seis años como el nuevo día de descanso obligatorio para todos los trabajadores y estudiantes de México, esto debido a que será la fecha en la que se haga la transición de poder entre el Presidente actual y el mandatario electo en turno.

El Senado aprobó que el 1 de octubre de cada seis años sea día de descanso obligatorio. La reforma a la Ley Federal del Trabajo se turnó a @Mx_Diputados para su proceso legislativo. Senado de la República

¿Cómo deben pagarme un feriado oficial si trabajo?

En caso de que trabajes un feriado oficial, deben pagarte conforme a lo que estipula el artículo 75 de la Ley federal del Trabajo, en el que se menciona que además del salario que percibes, tu jefe debe depositarte el doble, es  decir, si ganas $400 por jornada, en estas ocasiones debes recibir $1,200 pesos, más la prima dominical si es en la última casilla de la semana.

En los casos del artículo anterior, los trabajadores y los patrones determinarán el número de trabajadores que deban prestar sus servicios. Si no se llega a un convenio, resolverá la Junta de Conciliación Permanente o en su defecto, la de Conciliación y Arbitraje. Los trabajadores quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado. Ley Federal del Trabajo