AFORE

¿Cómo puedo unificar las semanas cotizadas de IMSS e ISSSTE? Sigue este paso a paso de la Consar

Conoce los requisitos y pasos a seguir para unificar tus semanas cotizadas

El trámite de unificación de cuentas es gratuito y puede realizarse en cualquier sucursal de la Afore.
El trámite de unificación de cuentas es gratuito y puede realizarse en cualquier sucursal de la Afore.Créditos: Canva
Por
Escrito en NOTICIAS el

Si durante tu vida laboral cotizaste en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) o el Instituto de Seguridad y en el Servicios Sociales de los Trabajadores (ISSSTE), conoce cómo puedes unificar tus cuentas de ahorro para el retiro. La Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar) dio a conocer los requisitos y pasos a seguir por los titulares o beneficiarios para alcanzar una mejor pensión.

Para unificar tus cuentas necesitas ser el titular o beneficiario de más de una cuenta individual y estar registrado en una Afore. Crédito: Freepik

Requisitos para la unificación de cuentas

  1. Ser el titular o beneficiario de más de una cuenta individual.
  2. Estar registrado en una Afore.
  3. Contar con el Expediente de Identificación actualizado, generado por la Afore.

Pasos para unificar las semanas cotizadas

  1. Acudir a una sucursal de la Afore que administra una de las cuentas y solicitar el proceso de unificación.
  2. La Administradora enviará una constancia para informar la conclusión del trámite o los motivos por los cuales no fue procedente.
  3. La respuesta se recibirá dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha de conclusión del proceso.
Unificar las semanas cotizadas en IMSS e ISSSTE puede mejorar significativamente tu pensión. Crédito: Gobierno de México

Recomendaciones adicionales

El trámite también puede realizarse por trabajadores independientes registrados en una Afore que comiencen a cotizar al IMSS. La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) indica que este proceso ayudará a mejorar la pensión ante cualquiera de los institutos de seguridad social.

Consideraciones importantes

Para realizar este trámite, los trabajadores deben formar parte de la Ley 73 o 97 del Seguro Social y pertenecer al Régimen de Cuentas Individuales ISSSTE. Además, deben tener una edad mínima de 60 años, estar en periodo de Conservación de Derechos en el IMSS y contar con la constancia de Periodos Reconocidos ISSSTE-IMSS.