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¿Qué pasa con la Pensión del Bienestar si fallece el titular de la cuenta? Te decimos si un familiar puede obtener el dinero

EL apoyo a los adultos mayores trata de mejorar la calidad de vida de las persnas de 60 años y más.
lunes, 15 de julio de 2024 · 18:50

La Pensión del Bienestar es un apoyo económico esencial para adultos mayores y personas con discapacidad permanente en México. Sin embargo, surgen dudas sobre qué sucede con este beneficio cuando fallece el titular de la cuenta. ¿Un familiar puede obtener el dinero? La respuesta es sí, pero bajo ciertos procedimientos y requisitos establecidos por la Secretaría del Bienestar.

¿Se debe avisar a las autoridades del fallecimiento para que den de baja del padrón al titular de la cuenta?

Es fundamental notificar a las autoridades sobre el fallecimiento del titular de la cuenta de la Pensión del Bienestar. Este paso es crucial para dar de baja del padrón al beneficiario fallecido, evitando así cualquier irregularidad. La Secretaría del Bienestar subraya que cobrar recursos después del fallecimiento del beneficiario es un delito. Por ello, se insta a los familiares a realizar esta notificación de manera oportuna a través de la Línea de Bienestar.

El proceso de designación de un representante o adulto auxiliar se realiza durante la inscripción al programa. En el caso de adultos mayores, ellos mismos nombran a su representante. Para las personas con discapacidad, esta designación es realizada por los padres o tutores legales. Si no se designó un representante, el Comité Técnico del Programa evaluará las circunstancias especiales para decidir si se otorga el apoyo.

En caso de muerte avisar a las autoridades.
Foto: Freepik

Apoyo económico destinado a los deudos de los derechohabientes fallecidos

La Secretaría del Bienestar cuenta con el Pago de Marcha, un apoyo económico que puede ascender hasta los 2 mil 400 pesos. Este beneficio se otorga de acuerdo con las Reglas de Operación de la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores y la Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente.

Para acceder a este beneficio, es crucial que los familiares, el representante o adulto auxiliar notifiquen inmediatamente el deceso del beneficiario. Esta notificación es indispensable, ya que el representante o adulto auxiliar no debe haber recibido ningún otro apoyo después de la fecha de fallecimiento del beneficiario.

Se debe notificar para no caer en delito.
Foto Freepik

El Pago de Marcha representa una ayuda significativa para las familias en momentos difíciles, proporcionándoles un respaldo económico necesario tras la pérdida de un ser querido. Este programa refleja el esfuerzo de la Secretaría del Bienestar por brindar un soporte integral a las personas adultas mayores y a aquellas con discapacidad permanente, así como a sus familias, en un marco de respeto y legalidad.